finalización del período para la adaptación de los contratos de tid que utilicen las cláusulas contractuales tipo

El período transitorio de validez de 15 meses de las cláusulas contractuales tipo para transferencias internacionales de datos (TID) de las Decisiones de la Comisión Europea 2001/497/CE, 2004/915/CE y 2010/87/UE, desde su derogación el 27 de septiembre de 202, finaliza el próximo 27 de diciembre de 2022, fecha en la que ya no resultarán válidos los contratos celebrados con arreglo a esas cláusulas de las Decisiones derogadas, debiéndose proceder a su adaptación a las nuevas cláusulas contractuales tipo (SCC) aprobadas por la Comisión Europea con la Decisión 2021/914, y disponibles en nuestro sistema desde la fecha de su aprobación.

Estas SCC, además de sustituir a las derogadas, ofrecen garantías para las transferencias entre responsables, entre responsable y encargado, entre encargados y entre encargado y responsable conforme al artículo 46 del RGPD.

Enlace al artículo de la AEPD: https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/cumple-tus-deberes/medidas-de-cumplimiento/transferencias-internacionales/comunicado-aepd

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