El Canal ético o canal de denuncias es la vía que permite a trabajadores, proveedores, clientes y resto de usuarios o entidades que se relacionan con la organización, comunicar incidencias o irregularidades en relación al incumplimiento de la normativa interna, incluidas las legales.
Es la forma más eficaz y económica de generar apariencia de control en las organizaciones y prevenir o mitigar la comisión de irregularidades.
Supone una obligación legal en las siguientes materias:
- Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
- Ley 10/2010, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
- Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal, art. 31 bis sobre la responsabilidad penal del las personas jurídicas y sus representantes legales.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Gestión integral para implantar un sistema interno de información y la recepción e investigación de las denuncias realizadas. Grupo Juridesp podrá asesorarle jurídicamente, tanto en la recepción como en la gestión de las comunicaciones.
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