Hoy 12 de agosto ha sido publicada la Orden PJC/908/2025, de 8 de agosto, por la que se fija el 1 de septiembre de 2025 como la fecha de puesta en funcionamiento de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., en adelante, la AIPI.
La AIPI asumirá la posición de autoridad sancionadora para todos aquellos incumplimientos de las obligaciones previstas en el Título IX de la Ley 2/2023, cuyo régimen sancionador prevé multas de hasta 300.000€ para personas físicas y hasta 1 millón para las personas jurídicas.
Si bien, hasta el 1 de noviembre de 2025, fecha prevista para la total puesta en funcionamiento de la AIPI, el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes continuará prestando los siguientes servicios en favor de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.:
a) Soporte en materia de Recursos Humanos.
b) Soporte en materia de infraestructura y logística.
c) Soporte en materia de contratación y gestión económica.
d) Soporte en materia de equipos informáticos, su ofimática y redes de comunicaciones.
e) Soporte para la creación de la página web del organismo.
Por lo indicado, se fija hasta el 1 de noviembre, como fecha inicial para el registro de todas las personas que hayan sido designadas como Responsables internos de información, fecha que podrá ser prorrogada por orden del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
De esta manera, se completa el marco normativo establecido por la Ley 2/2023 promoviendo el cumplimiento de las obligaciones que garanticen una adecuada protección del informante que use el Canal de Denuncias de una organización, con los requisitos establecidos en la normativa indicada.
Desde GRUPO JURIDESP, podemos ayudarle en cuantas dudas pudieran surgir para el cumplimiento integral de las obligaciones indicadas.
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